Medidas de protección para trabajadores/as, empresas y ciudadanía ante la DANA por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Los autónomos podrán solicitar el cese de actividad ante la mutua del trabajador.
Cuantía de la prestación: 70% de la base reguladora.
Sin periodo de carencia.
Los días de prestación consumidos no se computan y este periodo cuenta como cotizado.
Las empresas pueden suspender temporalmente el contrato o reducir la jornada de sus trabajadores.
Exención del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social.
Cualquier trabajador puede acogerse sin consumir la prestación.
Se solicita en el SEPE o llamando al 060.
En cuanto al Ingreso Mínimo Vital (IMV), reforzamos el compromiso y el contacto con las personas de manera más ágil y cercana.
La ciudadanía podrá informarse sobre el IMV en el teléfono 900 20 22 22 y a partir del lunes en el 020.
Debido a los daños causados en algunas oficinas de la Seguridad Social, reforzamos nuestra atención telefónica y online a través de los siguientes canales:
INSS: 91 542 11 76
Tesorería: 91 541 02 91
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